A través de este documento queremos contribuir a la construcción del balance general de la minería en América Latina en 2015, trabajado por el Observatorio de Conflictos Mineros de América latina y sus organizaciones, presentando nuestros análisis y reflexiones frente al caso colombiano.

Es de nuestro interés dar a conocer algunas situaciones de conflicto que han tenido lugar durante el año 2015, producto de la continuidad en los intentos de imposición del modelo extractivo minero por parte del gobierno de Juan Manuel Santos.

Este texto está conformado por tres partes generales, a saber: a) algunas cifras del otorga- miento de títulos mineros en el pasado reciente y la estrategia de formalización como apoyo a la explotación a gran escala y prioritariamente de carácter transnacional; b) las modificaciones legales e institucionales que siguen teniendo lugar para favorecer los procesos de explotación de la naturaleza -humana (fuerza de trabajo)y no humana; c) la situación de conflicto social y ambiental que tiene lugar como producto de los intentos de ampliación de la frontera extractiva minera de carbón a cielo abierto en el Departamento de La Guajira, principalmente en lo relacionado con la desviación del Arroyo Bruno.

Este último aspecto es de primera importancia para nosotros y nosotras, pues se ha convertido en uno de los casos símbolo en los que se disputa la defensa de la vida frente a la transnacional El Cerrejón y en oposición a un modelo caduco de explotación territorial que pone en riesgo la pervivencia de comunidades ancestrales y tradicionales.

Según el informe de rendición de cuentas de la Agencia Nacional Minera (ANM), actualizado a octubre de 2015, la vicepresidencia de contratación y titulación permitió el otorgamiento de 302 nuevos títulos mineros en el periodo septiembre 2014 – 2015. Esto como parte de la política del gobierno de Santos, que con una reingeniería por medio del esquema Estado-Agencia, o lo que hemos analizado en etapas anteriores como el proceso de corporativización del Estado, destrabó los procesos de titulación que habían estado detenidos durante varios años.

La política de ordenar la casa para ordenar la repartición, se hizo efectiva durante el 2015,continuando con los procesos de definición de títulos y solicitudes que se intensificaron desde la reapertura de la ventanilla minera en el año 2013 (1) . Además de estos 302 títulos en el Registro Minero Nacional, se suman los 18 títulos otorgados por la Gobernación de Antioquia como Autoridad Minera delegada de la ANM. Así durante el período sep. 2014 -2015, se registra la entrega de 320 títulos.

Además de esta titulación, el gobierno ha diseñado una serie de programas para incentivar los procesos de “legalización” de la minería de hecho y “formalización” de la minería tradicional. La ANM reporta que para septiembre de 2014, el Grupo de Legalización Minera contaba con 372 solicitudes vigentes, de la cuales 117 fueron resueltas de fondo y se suscribieron 30 Contratos de Concesión Minera con su respectiva inscripción en el Registro Minero Nacional. Respecto a la minería tradicional, 558 solicitudes fueron resueltas de fondo.

Es importante resaltar que todos estos procesos de formalización están directamente asociados con una intención gubernamental de favorecer la gran minería en el sentido en que estos son dispendiosos y muchos mineros no tienen acceso a ellos. La legalización más a allá de buscar un ordenamiento del sector frente a la pequeña y la mediana minería se orienta a garantizar las mejores condiciones de rentabilidad y competitividad que según el gobierno residen en la gran minería. Dado que la extracción de estas modalidades muchas veces no es reportada y se comercializa por mercados informales, el gobierno nacional vía formalización pretende encadenar estos emprendimientos a redes legales que le representen mayor tributación y posibles alianzas con la gran minería.

Durante el año 2015, el gobierno de Juan Manuel Santos continuó los procesos de flexibilización de la legislación ambiental y sectorial a favor de la profundización del modelo extractivo. Frente a la inminente caída de los precios de las mercancías en los mercados internacionales, las economías rentistas como la colombiana han tenido que incentivar la exploración y explotación con la intención de compensar con cantidad la tasa de ganancia que han dejado de percibir por precios.

Esta estrategia, que en última instancia genera mayor presión en los territorios en explotación y para aquellos que se encuentran en la mira de las empresas, ha significado una reorganización legal que amplía las facilidades que las transnacionales han tenido, pero que a su vez propicia la vulneración de derechos territoriales de comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes, principalmente, y otros derechos asociados a la participación y al ambiente sano.

Veamos:
En el año 2013, el gobierno nacional expidió el CONPES (2) 3762, presentando una serie de proyectos en los campos de infraestructura, energía, minería e hidrocarburos, que fueron etiquetados bajo el rótulo de Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos (PINES). Estos contemplan 15 propuestas en el sector minero que la presidencia ha priorizado y que según el gobierno no se han puesto en marcha por una serie de obstáculos, en distintos niveles, que están afectando de manera importante la política económica y social del país.

Los obstáculos a los que se refieren están asociados principalmente a procesos de consulta previa con comunidades étnicas, permisos y trámites ambientales, y problemas jurídicos.

El CONPES 3762, dicta una serie de medidas prioritarias para enfrentar estos “obstáculos” y para poner en marcha proyectos que en la mayoría de los casos no se han llevado a cabo o no han tenido los ritmos pensados por el establecimiento colombiano como consecuencia de la lucha de los pueblos, quienes han levantado las consignas relativas a la defensa y el respeto de derechos territoriales adquiridos, la garantía constitucional de un ambiente sano prioritariamente el derecho al agua y la protección de los ecosistemas esenciales que regulan el ciclo hidrológico, el respecto a la autodeterminación según sus usos y costumbres, y la participación sobre las decisiones que atañen al ordenamiento e intervención en sus territorios étnicos, campesinos y/o urbanos.

En este nuevo período del gobierno Santos (2014 – 2018), al que llegó como producto de la reelección lograda principalmente bajo la promesa de la paz que se predica en el ámbito internacional, mientras se postulan estrategias de guerra de baja intensidad contra la población en oposición entre otras cosas al modelo minero-energético, se han expedido leyes, decretos y resoluciones que apuntan a la puesta en marcha de los PINES. Estrategias que simultáneamente se juegan hacia la eliminación de las acciones y procesos que las comunidades llevan adelante en ejercicio de la democracia y de los ordenamientos legales y constitucionales. De esta manera, por vía “legal” los derechos y las conquistas populares siguen siendo desmontados a favor del capital transnacional y de la voracidad de un modelo que en los territorios solamente produce despojo y conflicto.

– La Ley 1753 de 2015 -Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018-, continúa desarrollando las disposiciones para la puesta en marcha de los PINES, creando el Sistema Nacional de Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos (SINAPINE) ART. 50, que se puede considerar una estrategia de gestión pública, pero también política, orientada a la agilización de los procedimientos para el despojo y el desmonte de derechos para favorecer la “utilidad pública y el interés nacional”.

Al respecto, senadores opositores al gobierno y analistas de diversos sectores han señalado que la utilidad pública y el interés nacional de los PINES se han convertido en sinónimo de expropiación y despojo exprés. Esto porque ese carácter, de utilidad pública, que debiera reservarse a actividades y proyectos que revistan interés y beneficio para todo el país y sus comunidades, ahora es reservado para el interés de transnacionales que son las beneficiarias directas; en este orden de ideas, bajo las banderas del interés nacional se alimenta la utilidad privada.

– El Decreto 2220 de 2015 centralizó en la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA- los trámites de licenciamiento y permisos de los PINES, restándole competencias a otras autoridades ambientales del ámbito regional y local que revisten cercanía con la población y conocen de primera mano los contextos territoriales; el Decreto puede considerarse como una ventana para revertir los procesos de descentralización necesarios en la construcción de estrategias participativas para la construcción social del territorio y la definición de actividades prioritarias y adecuadas desde la participación de los pueblos.

– Para el gobierno Santos, la consulta previa a comunidades étnicas, procedimiento que garantiza la participación y la autodeterminación y que está consignado en el Convenio 169 de la OIT, la Ley 121 de 1991 y la declaración de los derechos de los pueblos indígenas de la ONU, es uno de los mayores “obstáculos” para el país. Este intento de negación de los derechos de las comunidades originarias, además de atentar contra los compromisos asumidos y ratificados por el Estado colombiano, arrancaría los pocos reductos culturales que persisten en el territorio y sacrificaría conocimientos fundamentales para la conservación de nuestra especie humana y la lucha frente a la crisis civilizatoria que hoy impera. Al respecto, el gobierno nacional, ante las dificultades para reformar las disposiciones actuales frente a la consulta previa y el consentimiento libre, previo e informado, suscribió un convenio interadministrativo con el grupo de consulta previa del Ministerio del Interior para coordinar las consultas en los casos que los proyectos mineros lo requieran.

Este tipo de disposiciones, y la manera abrupta e ilegítima con la que se pretende despojar también de las conquistas históricas a las etnias en Colombia, pone en alerta a diversas comunidades quienes frente a los proyectos mineros estarán a merced del interés sectorial y sufrirán la corporativización de las instituciones que se articulan para dar ventaja a las transnacionales y no a los derechos territoriales comunitarios.

Además de todas las disposiciones respecto a PINES, el año 2015 estuvo marcado por lo que se conoció como el decreto navideño (diciembre de 2014), firmado por el gobierno en épocas de fiestas de fin de año como estrategia de distracción y que principalmente desarrollaba el debate acerca de la competencia para el ordenamiento de la minería en los territorios. Anteriormente, los mecanismos de ordenamiento territorial desarrollados a nivel municipal y departamental podían generar disposiciones frente a la actividad minera. Este decreto, restringe estas competencias y se las otorga exclusivamente al Ministerio de Minas y Energía en total contravía con el espíritu de descentralización consignado en la Constitución Política de Colombia.

Esto significó que Concejos Municipales y alcaldes que acogieran procesos de consulta ciudadana frente a actividades mineras en sus jurisdicciones, quedaran desautorizados para tomar decisiones de ordenamiento territorial, otorgando vía libre al Ministerio y a las corporaciones para el tránsito de la locomotora minera por todo el país.

No obstante, gracias a la presión de las comunidades y a los oficios de investigadores y abogados, este decreto fue suspendido por el Consejo de Estado, arguyendo que vulnera la competencia única del Congreso de la República para establecer procedimientos administrativos, y, segundo, vulnera el principio de economía territorial.

Como vemos, en el año 2015 se avanzó en procesos de reingeniería institucional y legal emprendidos por el gobierno Santos para favorecer las condiciones de inversión extranjera.

Ahora bien, este tipo de modificaciones y disposiciones, se materializan en aspectos concretos como la ampliación de la frontera extractiva de carbón a cielo abierto.

Desde el año 2014 hemos puesto de relieve el intento de desviación de ríos y arroyos, y el riesgo de despojo y desplazamiento que conlleva la ampliación de la explotación de carbón por parte de la empresa Carbones el Cerrejón en el Departamento de La Guajira, en el norte de Colombia.

Infortunadamente, el proceso de desviación del Arroyo Bruno, primer paso del proyecto de ampliación minera, avanza con la complicidad de la institucionalidad, principalmente de la Corporación Autónoma Regional del Departamento de La Guajira (CORPOGUAJIRA) y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). La autonomía de instituciones como CORPOGUAJIRA queda en entre dicho, pues luego de señalar la imposibilidad de realizar los estudios correspondientes para el otorgamiento de permisos cruciales para garantizar los equilibrios ecológicos en la región, manifestaron su incapacidad técnica y devolvieron los estudios a la ANLA, convirtiéndola así en juez y parte de la explotación, pues ya ANLA desde noviembre de 2014 había dado vía libre al proyecto.

De otra parte, frente a lo que consideramos la vulneración de la consulta previa a las comunidades afectadas por la ampliación de la minería de carbón, y ante el desconocimiento por parte del Estado de las comunidades que se verían afectadas en sus medios de subsistencia, se radicó una acción de tutela con la que se pretendía hacer efectivo el derecho a la consulta; sin embargo esta acción fue negada argumentándose que no se demuestra la afectación a las comunidades que no se encuentran, según el juez, dentro de la zona de influencia directa del proyecto, en un claro desconocimiento de la integralidad territorial, del ciclo hidrológico y bajo la pretensión de materializar las ventajas corporativas a las que hemos hecho alusión en este documento.

La movilización articulada entre diversos sectores sigue presentándose como uno de los posibles caminos para enfrentar el avance puntual de la ampliación minera, y la solidaridad nacional e internacional son totalmente necesarias, pues la desviación del Arroyo Bruno no solamente significa el despojo territorial en el Departamento de La Guajira, también el avance de la frontera extractiva de carbón a cielo abierto en otras partes del país y la consolidación de un proceso corporativo en el que desde la geopolítica internacional y con el amparo del Estado colombiano se definen zonas de sacrificio en los que no importa la muerte de la niñez, la aniquilación cultural y la imposibilidad de garantizar la dignidad humana y de la naturaleza en general. De ahí nuestro llamado a la solidaridad nacional e internacional frente a este conflicto latente y persistente.

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1- Frente a la reapertura de la ventanilla minera existe una acción popular interpuesta por el Senador Iván Cepeda en articulación con organizaciones sociales y políticas colombianas. La acción popular demuestra la ilegalidad de la reapertura de la ventanilla y la superposición de títulos mineros entregados en zonas de importancia estratégica para la agricultura y la protección del patrimonio hídrico, entre otros aspectos que contempla la acción popular. En este momento la acción popular se encuentra en alegatos finales y de obtenerse la victoria jurídica se pondría en cuestión la validez de los títulos mineros entregados posteriormente a su reapertura, y, además, sería necesario revisar la legalidad de los títulos que se mantienen luego de la revisión legal que realizó el gobierno nacional.

2- Documento del consejo Nacional de Planeación Económica y Social (CONPES por su sigla).

 

Este artículo hace parte del Informe anual del Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina. Lea el informe completo en Conflictos Mineros en América Latina: Extracción, Saqueo y Agresión – Estado de situación en 2015-